El juez instructor del 'procés' en el Tribunal Supremo, Pablo Llarena, ha dejado sin efecto de manera provisional las órdenes de detención que pesaban sobre Carles Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig. La medida, adoptada sin aplicarles la amnistía, se produce después de que el Tribunal Constitucional haya estimado el recurso de amparo de Dolors Bassa y haya cuestionado el intento de la Sala Penal de excluir la malversación de la ley de amnistía.
La resolución de Llarena no extingue la responsabilidad penal de los procesados ni resuelve las cuestiones pendientes. El propio magistrado advierte que la suspensión es temporal y que, una vez conocido el texto íntegro de la sentencia del Constitucional, se decidirá sin demora sobre su confirmación o modificación. "Este alzamiento no declara aplicable la amnistía, no extingue la responsabilidad penal ni resuelve las restantes cuestiones pendientes", afirma Llarena en su auto.
Una operación mediática
La decisión del instructor se produce en un momento de máxima tensión entre el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional. El alto tribunal había aprobado ese mismo día, por mayoría de siete a cinco, una sentencia que supone un varapalo a la estrategia de la Sala Penal de saltarse la ley para no amnistiar la malversación. Sin embargo, el foco mediático se desplazó hacia la figura de Puigdemont y la aparente suspensión de su orden de detención.
Llarena justifica la medida en el riesgo de que los procesados puedan ser detenidos mientras se estudia la sentencia del Constitucional, lo que podría ocasionar una privación de libertad que luego se revelara improcedente. No obstante, la resolución llega antes de que el magistrado haya podido recibir el texto completo de la sentencia, ya que los cinco magistrados discrepantes aún no han firmado su voto particular.
El voto particular de los cinco jueces del Constitucional —Macías, Tolosa, Espejel, Arnaldo y Enríquez— critica con dureza la posición mayoritaria y defiende la potestad del Supremo para plantear cuestiones prejudiciales ante la justicia europea. Este sector, identificado con el llamado 'Frente Marchena', sostiene que el Constitucional se ha excedido en sus funciones al asumir un rol de intérprete de la legalidad ordinaria.
En definitiva, la suspensión provisional de las órdenes de detención no supone un paso definitivo hacia la aplicación de la amnistía a Puigdemont, Comín y Puig. La pelota sigue en el tejado del Supremo, que deberá decidir si acata la sentencia del Constitucional o si insiste en su estrategia de bloquear la ley. Mientras tanto, los procesados no tienen garantizado un regreso seguro a España.
