Alt-Grabar llamadas de spam: 46 segundos de audio, multa de 10.000 euros

Grabar llamadas de spam: 46 segundos de audio, multa de 10.000 euros

Grabar llamadas de spam: 46 segundos de audio, multa de 10.000 euros

Una grabación de 46 segundos de una llamada de spam ha sido suficiente para que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) imponga una multa de 10.000 euros a una empresa de energía solar. El caso demuestra que grabar llamadas de spam puede ser una herramienta eficaz para denunciar prácticas comerciales no consentidas.

La llamada, realizada en nombre de Más Sol Energía, ofrecía paneles solares a un usuario que estaba inscrito en las listas de exclusión publicitaria. Cuando el usuario preguntó de dónde habían obtenido su número, la comercial respondió: «No tengo que comprobar nada de eso, caballero, trabajo mediante una base de datos». Esa frase, junto al resto del audio, permitió a la AEPD identificar a la responsable y confirmar el carácter comercial de la llamada.

La AEPD recomienda grabar las llamadas

Desde que las llamadas comerciales sin consentimiento quedaron prohibidas en España, la AEPD habilitó un formulario para denunciarlas. El organismo sugiere adjuntar la grabación del audio como "indicios racionales" de la infracción. Grabar una conversación en la que uno mismo participa es legal en España para uso personal o como prueba, aunque durante años las restricciones de Android complicaron esta práctica.

El caso resuelto por la AEPD concluyó con dos sanciones: una por llamar sin consentimiento válido y otra por no explicar el origen de los datos personales. Ambas suman los 10.000 euros de multa. La Agencia comprobó que la empresa nunca verificó si el número figuraba en las listas de exclusión ni informó de dónde salieron los datos.

La grabación nativa en el móvil

Durante mucho tiempo, grabar llamadas en el móvil requería aplicaciones externas o trucos poco fiables. Sin embargo, Google ha ido devolviendo la grabación nativa a la app de Teléfono en más territorios, incluida España. Esto simplifica guardar este tipo de pruebas sin depender de soluciones alternativas.

Para que una grabación sea válida, es importante que queden claros tres elementos: la identidad de quien llama, la finalidad comercial de la conversación y las respuestas ante preguntas sobre el origen de los datos o la inscripción en listas de exclusión. En este caso, esos elementos aparecían con nitidez en apenas 46 segundos de audio.

Con la grabación nativa cada vez más extendida y la AEPD dejando claro qué tipo de prueba valora, guardar el audio de una llamada de spam deja de ser un gesto anecdótico. Se convierte en el argumento que puede decidir si una denuncia se queda en nada o termina con una factura de cinco cifras para quien llama sin permiso.

Por Redacción Tus Noticias Today

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