Alt-Despido de asesora embarazada en Arona: el juez ve discriminación

Despido de asesora embarazada en Arona: el juez ve discriminación

Despido de asesora embarazada en Arona: el juez ve discriminación

Un juzgado ha determinado que el Ayuntamiento de Arona no logró demostrar que existiera una causa distinta al embarazo para justificar el cese de una asesora vinculada al concejal de Vox Naím Valerio Yanes Alonso. La trabajadora fue despedida apenas dos meses después de causar baja médica por un embarazo de riesgo, y la sentencia declara vulnerado su derecho fundamental a no sufrir discriminación.

El fallo, dictado el pasado 30 de julio, supone un revés para la versión del consistorio, que defendió que la trabajadora había sido apartada por pérdida de confianza, incumplimientos horarios y escasa productividad. Sin embargo, el magistrado concluye: "No queda justificada otra razón distinta de la baja por embarazo de la actora para determinar el cese".

Los hechos se remontan a 2025, cuando la asesora ocupaba un puesto de personal eventual de confianza en el área política dirigida por Naím Valerio. Tras comunicar su embarazo, causó baja laboral el 23 de septiembre por una situación de embarazo de riesgo. Dos meses después, el Ayuntamiento acordó su cese mediante resolución de Alcaldía a propuesta del concejal.

El argumento del concejal

El documento de cese sostenía que la trabajadora se encontraba en incapacidad temporal desde el 24 de septiembre de 2025 y que ocupaba "un puesto de confianza sobre el que no cabe posibilidad de nombrar personal interino o de sustitución". Además, argumentaba que "al tratarse de un cargo de confianza, no existe posibilidad legal de sustitución por personal interino, lo que impide garantizar la continuidad y eficacia del asesoramiento requerido".

Es decir, una parte sustancial de la justificación descansaba precisamente en la circunstancia de que la asesora estaba de baja y no podía ser reemplazada temporalmente mientras durara el embarazo de riesgo. El juez, tras analizar esos argumentos, concluyó que se produjo una vulneración del derecho fundamental de la trabajadora a no sufrir discriminación.

El intento del consistorio por justificar el despido

Durante el procedimiento, la defensa del ayuntamiento intentó acreditar que la asesora apenas acudía a su puesto, incumplía horarios y no desarrollaba correctamente sus funciones. La sentencia recoge testimonios críticos con su desempeño, pero la cuestión clave era si esas deficiencias explicaban realmente el despido o si el motivo determinante fue otro.

El fallo señala: "La demandante fue cesada como personal eventual menos de dos meses después de la fecha de su baja médica, sin que en la resolución de cese se incluya una motivación mínima". Además, recuerda la doctrina constitucional sobre la protección de la maternidad y subraya que cualquier trato desfavorable basado en el embarazo constituye una discriminación por razón de sexo prohibida por el artículo 14 de la Constitución.

La versión de la defensa

La defensa de la trabajadora argumentó que la única "anormalidad" de la relación laboral era el sobreesfuerzo que el concejal le exigía. Según la demanda, la asesora tenía que trabajar mucho más allá del horario acordado, realizar funciones propias de otros puestos e incluso trabajar durante los fines de semana, sin que el consistorio abonara nunca horas extra.

La sentencia no es firme, por lo que cabe recurso contra la misma. El Ayuntamiento de Arona y el concejal de Vox aún pueden presentar alegaciones ante instancias superiores, aunque el fallo ya ha establecido que el despido vulneró derechos fundamentales de la trabajadora.

Por Redacción Tus Noticias Today

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