
El Juzgado de lo Social nº 21 de Barcelona ha fallado en favor de los trabajadores de Holaluz por el fin del teletrabajo
El Juzgado de lo Social nº 21 de Barcelona ha fallado a favor de los trabajadores de Holaluz en relación al fin del teletrabajo. La decisión judicial responde a una demanda interpuesta contra la medida unilateral de la empresa de revertir el teletrabajo.
La demanda fue planteada ya que el sindicato afirmó que una decisión de este tipo debería llevarse a cabo a través de un acuerdo individual entre la empresa y cada trabajador. Este argumento destaca la importancia de los acuerdos consensuados en el ámbito laboral.
Holaluz, por su parte, estaba comunicando a sus trabajadores a finales del año pasado sobre los nuevos términos de trabajo. En la carta enviada, la empresa anunciaba las condiciones que entrarán en vigor y emplazaba a los empleados a firmar su salida voluntaria, fijando como fecha límite inicial el 31 de enero.
Sin embargo, finalmente, Holaluz extendió el plazo hasta marzo, dando más tiempo a los trabajadores para considerar sus opciones. Esta extensión podría haber influido en la decisión del juzgado respecto a la legalidad de las acciones de la empresa. La información disponible en el título y la descripción es limitada.
