
Acusan al Registro de la Propiedad de inflar tarifas en notas informativas
Una asociación de usuarios con sede en Tenerife ha presentado un informe ante el Ministerio de Justicia en el que denuncia que el Registro de la Propiedad infla sus tarifas al facturar una nota informativa telemática como si fueran tres servicios distintos. El documento, remitido en el marco de la consulta pública para reformar el arancel registral, sostiene que se cobra por la solicitud, la remisión y la expedición de un único trámite.
La Asociación para la Defensa de los Usuarios de los Registros Públicos (UdR) ha enviado el escrito al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, dentro del proceso abierto para modificar unas tarifas vigentes desde 1989. El informe, firmado por el presidente de la entidad, Javier Martínez del Moral, describe un mecanismo por el que una petición telemática resuelta en segundos se desglosa en tres conceptos facturables.
Un origen sin publicación oficial
La controversia se remonta a una resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 1998, que nunca se publicó en el Boletín Oficial del Estado. Ese documento estableció que la publicidad registral telemática devengaría honorarios tanto por la solicitud como por la remisión, y que una parte se detraería en favor del Colegio de Registradores. El informe subraya que la resolución respondió a una consulta del propio Colegio y fue firmada por un director general que era registrador en activo.
Desde entonces, decenas de millones de consultas anuales se facturan aplicando esa lógica. La asociación sostiene que se convierten en hechos imponibles autónomos dos operaciones puramente internas del sistema informático, que no constituyen servicio alguno prestado al usuario. El resultado, según el informe, es un sobrecoste que penaliza el uso de medios telemáticos frente a la atención presencial.
Un precedente judicial de 3,01 euros
La entidad se apoya en una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de mayo de este año, que desmonta el mecanismo de multiplicación de cobros. La resolución fija en 3,01 euros el precio de una nota simple informativa y rechaza que se cobre por separado la emisión y el envío. La sentencia señala que la cuantía prevista por envío se ha duplicado sin ningún tipo de base o justificación, y concluye que ese sobrecoste no tiene respaldo legal.
Frente a ese pronunciamiento, la propuesta ministerial guarda silencio. No lo cita ni lo rebate, lo que la asociación considera un déficit de motivación incompatible con los principios de buena regulación que exige la Ley 39/2015.
El tercio que va al Colegio
Además de la multiplicación de cobros, el informe denuncia que aproximadamente un tercio de lo que paga el usuario por cada nota telemática no se queda en la oficina registral, sino que se desvía al Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España (Corpme). Ese desvío se sostiene en un artículo de los estatutos internos del Colegio, el 74.9, que no fija una cuantía y remite a lo que decida la Asamblea de Decanos, es decir, el propio beneficiario.
La asociación recuerda que el registrador es el único titular del arancel según la Ley Hipotecaria, y que ciudadanos y empresas están financiando a un colegio profesional al que no pertenecen y del que no reciben servicio alguno. El asunto ya está judicializado: existe un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias desde junio de 2025.
Juez y parte en todas las fases
El informe describe un patrón institucional en el que el colectivo económicamente interesado interviene en todas las fases del ciclo. Quien dictó la resolución de 1998 era un registrador en ejercicio, quien fija la cuantía de la detracción es la Asamblea de Decanos, y quien resuelve los recursos de honorarios es un registrador adscrito a la Dirección General. Además, la ausencia del Ministerio de Hacienda en la propuesta desactiva la única garantía estructural de imparcialidad del sistema.
La asociación también argumenta que la digitalización ha reducido a una fracción el coste de expedir una nota informativa respecto a 1989, pero la recaudación no ha dejado de crecer. El informe da la vuelta al argumento de la congelación arancelaria: lo que procedería no sería subir las tarifas, sino revisarlas a la baja.
Peticiones concretas
El escrito plantea diez peticiones al Ministerio, entre ellas suspender la tramitación de la reforma hasta que se incorpore la iniciativa conjunta de Hacienda, publicar una memoria económico-financiera con cifras reales, y remitir al Consejo de Estado la cuestión de la legalidad de la detracción. También pide excluir del cobro a los titulares registrales que consultan sus propios datos y a los funcionarios públicos que acceden por razón de su cargo.
Como alternativa de fondo, reclama sustituir el arancel por una tasa registral vinculada al coste real del servicio, gestionada con las garantías de la Ley General Tributaria. Mientras tanto, la consulta pública sigue abierta, tramitada en período estival, y la asociación espera respuesta del Gobierno y del Colegio de Registradores, que no han contestado a las preguntas del periódico.
Por Redacción Tus Noticias Today
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